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El Gobierno de Canarias publica un documento con las medidas de prevención contra el Covid-19
Entre las medidas propuestas para la “nueva normalidad” se incluyen normas específicas para hoteles y apartamentos, restauración, playas y actividades de ocio
De cara al recién estrenado inicio de la “nueva normalidad”, el Gobierno de Canarias publicó el pasado sábado 20 de junio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el Acuerdo por el que se establecen medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
El documento, además de incluir unas disposiciones generales para todo tipo de establecimientos en las que, por ejemplo, recomienda el mantenimiento de la distancia social (1,5 metros), exige el control de aforo, demanda evitar aglomeraciones en los accesos, sugiere que se facilite una puerta de entrada y otra de salida en caso de contar con varios accesos, recomienda crear y señalizar itinerarios dentro de la tienda o el refuerzo de la limpieza e higienización, entre otras medidas.
Asimismo, incluye apartados y recomendaciones específicas para sectores concretos, el turismo y las actividades ligadas a él cobran un protagonismo especial en el caso de Canarias.
Restauración
- Deberá respetarse una distancia de separación de 1,5 metros, entre las mesas o agrupaciones de mesas, así como en barra, entre clientes o grupos.
- Se evitará el empleo de cartas de uso común debiéndose optar por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles, QR u otros medios similares. Los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, cestas de pan, tazas de café, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores. También será obligatorio retirar cualquier elemento decorativo de las mesas.
- En este mismo sentido, se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando su servicio en otros formatos bajo petición del cliente o monodosis desechables.
- El cliente no puede ocupar una mesa sin que el personal del establecimiento lo acomode, después de proceder a la limpieza y desinfección de esta.
Hoteles y apartamentos
- Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras para su realización conforme al aforo máximo previsto, cumpliendo siempre con las medidas de higiene, protección y distancia mínima establecidas.
- El personal que preste el servicio de transporte de equipaje del cliente dispondrá de guantes desechables y/o toallitas desinfectantes para limpiar asas, manillas, etc.
- En el aparcamiento, debe evitarse la manipulación de coches de clientes por parte del personal.
- Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y programarse para que no se supere el aforo y se respete la distancia mínima de seguridad entre personas, en su defecto, se pueden usar mascarillas. Recomienda que se realicen al aire libre y se evite el intercambio de material.
- En las instalaciones deportivas, piscinas o gimnasios, spas o similares, se aplicarán las medidas establecidas específicamente para estas. Cada establecimiento determinará las recomendaciones de uso.
- En los servicios de cafetería y restaurante, se aplicarán las medidas establecidas para el servicio de restauración.
- Los buffet deberán ser: asistidos con pantalla de protección, a través de emplatados individuales y/o monodosis tapados (también con pantalla de protección) o cualquier otro sistema de protección que evite la posible contaminación de los platos.
- En la habitación se reducirá el uso de textiles, incluidas alfombras, así como objetos de decoración y amenities. Las mantas y almohadas en los armarios deben encontrarse protegidas.
- No se permitirá el uso compartido de unidades de alojamientos por personas no convivientes.
Actividad de guía turístico
- Podrá realizarse la actividad de guía turístico, para grupos de hasta un máximo de veinticinco personas, procurando la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad o, en su defecto, el uso de mascarilla.
- Estas actividades se concertarán mediante cita previa, evitando durante el desarrollo de la actividad, el tránsito por zonas o lugares susceptibles de generar aglomeraciones.
- No se podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.
- En los medios de transporte, se cumplirán con las normas establecidas de limpieza e higienización.
Turismo activo
Podrán realizarse actividades de turismo activo y de naturaleza, organizadas por empresas habilitadas, se deberá mantener la distancia de seguridad o en su defecto, usar mascarilla. En los medios de transporte, se cumplirán con las normas establecidas de limpieza e higienización.
Actividades culturales en cines, teatros, auditorios y recintos al aire libre
No hay límite de aforo, pero las butacas estarán preasignadas y distribuidas por núcleos de convivencia, asegurando que el público permanece sentado y se mantiene la distancia de seguridad interpersonal. El personal de seguridad deberá evitar que se creen aglomeraciones, especialmente en acceso e inmediaciones.
Visitas a museos y salas de exposiciones
Se permitirán las visitas a las salas y a las actividades culturales programadas siempre y cuando los espacios permitan respetar la distancia de seguridad interpersonal entre las personas y/o se utilice mascarilla.
Playas y piscinas naturales
- Los ayuntamientos serán los responsables de establecer límites en el aforo en playas y piscinas naturales con el fin de que se mantenga la distancia mínima de 1,5 metros entre usuarios. En aquellas en las que haya mayor afluencia se debe establecer un sistema de comunicación para informar sobre las normas de higiene y seguridad.
- Se permite el deporte en la playa de forma individual o por parejas y sin contacto físico. Asimismo, también se permiten las actividades acuáticas y el uso de motos acuáticas, hidro-pedales y otros elementos deportivos, siempre y cuando los elementos sean desinfectados al comienzo y al finalizar la actividad.
- Deberá existir una zona de hamacas individuales separadas unas de otras por dos metros en todos los extremos y se deberá garantizar su limpieza y desinfección. También habrá otra zona de uso exclusivo para parejas, en este caso deberán estar separadas por la mesilla y una distancia de 50 centímetros entre mesilla y hamaca, y a dos metros, como mínimo, del siguiente grupo. Se tienen que desinfectar todos los elementos y los usuarios deberán usar hidrogel antes de tocarlos. Los trabajadores deberán llevar uniforme y mascarilla durante la prestación del servicio.
Otras actividades al aire libre
- Se podrán realizar actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil. En el exterior, podrá hacerse uso de un 50% del aforo, con un máximo de 200 participantes. Si la actividad es en interior, se permite un tercio del aforo con un límite de 80 personas, incluidos monitores.
- Para el resto de población, sólo se permitirán acampadas en los espacios habilitados para ello, con una limitación máxima de 20 personas. La zona de acampada tendrá que limitarse para respetar distancia de seguridad.
Discotecas y ocio nocturno
Hasta ahora, los locales de ocio nocturno y discotecas habían permanecido cerrados en Canarias. A partir de ahora podrán abrir al público, aunque sólo podrán hacer uso de los espacios al aire libre y el consumo tendrá que ser sentado en mesa. En todo caso, el aforo de la terraza estará limitado al 75% y se tendrá que mantener la distancia de seguridad o, en su defecto, el uso de mascarilla. El baile está prohibido.
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