Si de algo sirvió el fatídico colapso del gigante turístico Thomas Cook en 2019, que supuso un verdadero mazazo para el sector turístico español, en general, y para el canario, en particular; fue para prevenir este tipo de quiebras y amortiguar las pérdidas económicas derivadas. En este caso, el anunciado “proceso de insolvencia” de FTI no ha cogido a nadie desprevenido y, a diferencia de hace cinco años, no supondrá que los hoteleros tengan que enfrentarse a una situación kafkiana en la que se vean obligados a abonar el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), equivalente al IVA, de facturas impagadas que no han sido cobradas.
“De Thomas Cook aprendimos el devengo de facturas impagadas, con lo cual, esa solución ya la tenemos sobre la mesa y está a disposición desde el pasado 27 de marzo, cuando se aprobaron en el BOC las medidas reglamentarias”, ha recordado este martes en declaraciones a los medios la consejera de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias, Jessica de León, en referencia a la modificación del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) para evitar que los empresarios abonen los impuestos de una factura no cobrada.
De esta manera, la comunidad autónoma de Canarias evita generar otra "situación injusta" como la sucedida con el caso Thomas Cook, ya que en aquel momento los únicos perjudicados fueron los hoteleros canarios y no los peninsulares, que sí pudieron modificar la base imponible del IVA de los créditos impagados. En el caso del archipiélago, la competencia en materia fiscal sobre el consumo está transferida al Ejecutivo autonómico, dada la especial condición de las islas como región ultraperiférica de la UE.