Este jueves, 6 de febrero, la consejera de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias, Jessica de León, hizo entrega del Proyecto de Ley de Ordenación Sostenible del Uso Turístico de Viviendas a la presidenta del Parlamento canario, Astrid Pérez. 

Este documento inició ayer su trámite legislativo con la reunión en sede parlamentaria de la Comisión General de Cabildos. El texto deberá incluir las posibles modificaciones propuestas por los grupos de la Cámara y, finalmente, será sometida a votación.

Como ya había adelantado De León en anteriores intervenciones, una vez esté aprobada, la nueva normativa impedirá:

  • que las nuevas viviendas que se incorporen al mercado puedan destinarse al uso turístico en los siguientes diez años desde su construcción.
  • que edificios completos, en parcelas de uso residencial, se dediquen al alquiler vacacional

Ambas medidas suponen un freno para aquellos que fijan el precio de las viviendas residenciales en función de su rentabilidad turística y, sobre todo, una sentencia de muerte para los "falsos hoteles".

Final de la especulación en la compraventa de "pisos turísticos"


En el apartado 1 del Artículo 5 de la citada ley, donde se incluye las reglas que deben cumplir las viviendas calificadas para uso residencial, asevera: 

"Las viviendas residenciales respecto de las cuales se pretenda habilitar la actividad de comercialización de estancias turísticas deben tener una antigüedad mínima de diez años, acreditable mediante la declaración de obra nueva, licencia de primera ocupación, mediante un certificado municipal emitido a este efecto, certificación catastral o cualquier otro medio válido en derecho”.

Justifican que esta articulación se realiza para evitar cualquier “práctica tendente a promover o comercializar viviendas directamente desde su construcción para un uso o explotación turística, lo que equivaldría a alterar el mercado inmobiliario y de vivienda, y burlar directamente las determinaciones urbanísticas legales". Y es que una tendencia de los promotores inmobiliarios actualmente ha sido el desarrollo de proyectos pensados desde sus orígenes para inversores que buscan la mayor rentabilidad que ofrece el vacacional, aumentando de esta manera el precio de compraventa de los inmuebles.

Adiós a los “falsos hoteles”


Por su parte, en el apartado 2 de ese mismo artículo se detallan los requisitos para que sea admisible el hospedaje en suelo residencial. Recalca que "en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, conforme a su definición en la legislación estatal de suelo, el número de plazas [camas] no excederá de 10". A su vez, impone ratios 1:10 entre viviendas turísticas y residenciales y límites de metros cuadrados.

Ambas limitaciones suponen un doble freno a la proliferación actual de “falsos hoteles”, tanto en edificios de más de diez años como en los de obra nueva.