El Gobierno de Colombia, encabezado por el presidente Iván Duque, ha aprobado el Decreto 1652 de 2021. Mediante dicha norma, se establece el beneficio de renta preferencial (incentivo fiscal) del 9% para los servicios prestados en nuevos hoteles, parques temáticos, parques de ecoturismo y agroturismo y muelles náuticos.

Asimismo, desde el Ministerio de Turismo han aclarado que también se verán beneficiados los hoteles o parques temáticos que sean remodelados o ampliados.
 


Para los proyectos llevados a cabo entre el 31 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2030 en municipios con población de hasta 200.000 habitantes, el beneficio fiscal será reconocido por un plazo de 20 años a partir del año gravable siguiente al inicio de la prestación de los servicios.

En los municipios con población igual o superior a los 200.000 habitantes, será aplicable en infraestructuras edificadas desde el 31 de diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2026. Su reconocimiento tendrá un plazo de 10 años a partir del año gravable siguiente al inicio de la prestación de los servicios.



 

Remodelación y ampliación

En el caso de los hoteles que se remodelen o amplíen entre el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2030 en municipios con población de hasta 200.000 habitantes tendrán acceso al beneficio por un plazo de 20 años.

En municipios con población igual o superior a 200.000 habitantes, el plazo será de 10 años en hoteles y parques temáticos que se remodelen o amplíen entre el 31 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2026.