Economía y Política

Consumo multa con 179 millones de euros a cinco aerolíneas ‘low cost’ por cobrar por equipaje de mano

El ministro de Derechos Sociales y Consumo ha firmado las sanciones a Ryanair, Vueling, easyJet, Norwegian y Volotea por "prácticas abusivas"

Pablo Bustinduy, ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de España, ha firmado sanciones por "prácticas abusivas" —como cobrar suplementos por el equipaje de mano o por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes— contra cinco aerolíneas low cost por un importe total cercano a los 179 millones de euros.

Las compañías aéreas sancionadas son:

  • Ryanair: 107.775.777 euros
  • Vueling: 39.264.412 euros 
  • Easyjet: 29.094.441 euros
  • Norwegian: 1.610.001 euros
  • Volotea: 1.189.000,99 euros

De esta forma se ratifican las sanciones propuestas por la Secretaría General de Consumo y Juego y se desestiman los recursos de alzada interpuestos por estas compañías. Se trata de la consumación de una investigación que se inició en junio de 2023 sobre un total de siete aerolíneas y es la primera ocasión que se da firmeza a sanciones calificadas como muy graves por parte de la Administración General del Estado en el ámbito de consumo, cuyo ministerio adquirió competencia sancionadora en junio de 2022.

Las sanciones incluyen, además, la prohibición expresa de continuar con las prácticas que han sido sancionadas y que son las siguientes:

  • Exigir el pago de un suplemento por el transporte de equipaje de mano en cabina.
  • Exigir el pago de un sobrecoste sobre el precio del billete por la reserva de asientos contiguos en el caso de menores y personas dependientes y de sus acompañantes.
  • No permitir el pago en metálico en los aeropuertos españoles.
  • Imposición de una tasa desproporcionada y abusiva a los pasajeros por la impresión de la tarjeta de embarque.
  • Omisiones engañosas de información y falta de claridad en los precios publicados tanto en su propia web como de terceros, dificultando la comparabilidad de ofertas de precios a las personas consumidoras y la toma de decisión por estas.

Además, en el caso de la aerolínea Ryanair también se sanciona una práctica por la cual se cobra una cantidad desproporcionada a los usuarios y a las usuarias por imprimir el billete en la terminal cuando no disponen de él.

 Ahora cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Una vez transcurrido este plazo de dos meses, si las compañías no han presentado un recurso ante la justicia, la orden será efectiva.

Te recomendamos

Ver más