La Sala III de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha avalado la imposición de los ratios de una licencia VTC por cada 30 licencias de taxi. Eso sí, aseguran que el ratio es un límite máximo y que puede ser rebajado por las administraciones competentes, permitiendo que haya más de una licencia VTC por cada 30.

También da el visto bueno a que se exija a las empresas de arrendamiento de vehículos que desarrollen el 80% de sus servicios en la comunidad autónoma en la que está domiciliada su autorización. El tribunal cree que si se permitiese la utilización de autorizaciones de VTC en localidades de otras comunidades autónomas, esto podría dar pie a un uso fraudulento que incumpliría la proporcionalidad.

El organismo judicial considera que ambas medidas se ajustan a derecho y no son discriminatorias. Además, aseguran el mantenimiento del sector del taxi como un servicio de interés general.

Suscripción

No obstante, el Supremo sí que da la razón tanto a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y a las plataformas Uber, Maxi Mobility Spain (Cabify) y Unauto, asegurando que el requisito de que se disponga de una flota de al menos 7 vehículos dedicados a la actividad no está justificado. El órgano judicial anula esta medida porque excluiría a los pequeños empresarios de su ejercicio “sin razón de interés general o necesidad que lo justifique”.

Los magistrados resuelven así los recursos presentados por CNMC y las plataformas VTC contra el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, por el que se modificó el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.