Empresas
Nuevas tarifas de retransmisiones audiovisuales en hoteles: "El resultado final es satisfactorio para EGEDA"
Jaume Canela, gerente de EGEDA, Sociedad de Servicios para los Productores Audiovisuales, analiza la reciente resolución sobre los importes que tienen que pagar los establecimientos turísticos
“Por parte del usuario, bien sea Horeca u hospedaje, no había conformidad con las tarifas generales que tenía fijadas EGEDA”, señala Jaume Canela, gerente de EGEDA, Sociedad de Servicios para los Productores Audiovisuales, en una entrevista en Tourinews.
La entidad ha salido recientemente triunfante en la determinación de tarifas que obligatoriamente tendrán que abonar los establecimientos hoteleros por la difusión de contenidos en las televisiones en sus habitaciones. Una resolución que no ha gustado al sector turístico, y que Canela destaca como “satisfactoria” para la entidad que representa.
Pregunta (P): ¿Qué es EGEDA?
Respuesta (R): Es la entidad de gestión que representa al colectivo de los productores de obras y grabaciones audiovisuales. Es una entidad de gestión tiene autorización para gestionar los derechos de propiedad intelectual de los productores audiovisuales desde la Orden Ministerial de octubre del 1990. Aunque la entidad empezó realmente en el 1992, y el ámbito de gestión son los derechos de propiedad intelectual del colectivo de los productores de obras y grabaciones audiovisuales.
P: Es decir, es solo lo que se escucha y se ve, música y televisión.
R: Según el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual son cuatro: el derecho de distribución, el derecho de reproducción, el derecho de transformación y el de comunicación pública. Estos derechos los sustenta el productor, que puede ser audiovisual, que en este caso son los que están representados en EGEDA, o el editorial musical, que son los que están representados en otra entidad de gestión, AGEDI. En definitiva, EGEDA representa contenidos de titulares audiovisuales.
P: ¿Qué tipo de productos son los que producen los representados por EGEDA?
R: El tipo de contenidos va desde un largometraje, pasando por un cortometraje, un documental, un programa informativo, un programa tipo concurso o una retransmisión deportiva. Es decir, cualquier género audiovisual.
P: ¿Y un video musical, por ejemplo?
R: Los videos musicales están dentro de la esfera de otra entidad de gestión que son los editores fonográficos.
P: Recientemente, la Comisión de Propiedad Intelectual ha publicado una resolución sobre las tarifas que deberán pagar los hoteles a EGEDA. ¿Cómo valoran ustedes esta decisión?
R: Si hablamos desde el periodo de hace un año hacia delante, EGEDA tiene, procedentes de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (SPCPI), dos resoluciones: una que afecta al sector Horeca y asimilado, y otra que afecta al sector del hospedaje. Ambas están publicadas en el BOE. La del sector Horeca se produjo y es vigente desde el 8 de marzo de 2022, y la que afecta al sector del hospedaje tiene vigencia a partir del 6 de abril de 2023. En relación con esta última, el resultado final es satisfactorio para el colectivo que representamos, puesto que al fin y al cabo el punto de partida del SPCPI para determinar las tarifas finales han sido aquellas que, en condiciones de pacto o negociación, venía suscribiendo nuestra entidad con diversos usuarios que ya habían regularizado anteriormente su expediente con nuestra identidad de gestión.
P: ¿Esto se debe a que los empresarios de hospedaje se han resistido o no han estado de acuerdo con abonar estos importes?
R: Sí, las aproximaciones han sido distintas. Mientras que en Horeca fue EGEDA la que promovió el procedimiento de determinación de tarifas frente a la Sección Primera, en el sector del hospedaje fue CEHAT (Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos) la que promovió el procedimiento. Es decir, los puntos de partida han sido diferentes, pero en ambos casos el origen era que, por parte del usuario, bien sea Horeca u hospedaje, no había conformidad con las tarifas generales que tenía fijadas EGEDA en cumplimiento de la normativa existente de la Ley de Protección Intelectual.
El 80% de la recaudación se reparte al derecho habiente, y el 20% restante va destinado al fondo asistencial y promocional"
P: ¿Cómo funciona este sistema para recaudar y luego repartir entre los productores?
R: Hay una primera parte que es la de la gestión frente al usuario y, de la recaudación que se obtiene de este, el 80% se reparte al derecho habiente —al titular de derechos— y el 20% restante va destinado al fondo asistencial y promocional, que son las acciones que la entidad de gestión realiza para la promoción y asistencia del sector audiovisual, y también de las industrias culturales de las que forma parte el sector audiovisual. Hay diversas aplicaciones de este fondo asistencial y promocional; por ejemplo y queriendo establecer vínculos con el sector turístico, EGEDA es miembro afiliado de la Organización Mundial del Turismo y, a su vez, es miembro fundador de la sociedad de garantía recíproca que es una entidad para otorgar avales financieros entre diversos sectores de las industrias culturales del ocio, entretenimiento y también las que se dedican al turismo cultural. Todas estas partidas o acciones que efectúa nuestra entidad de gestión emanan del 20% de la recaudación que se obtiene del usuario.
P: Con respecto a ese 80%, ¿cómo se sabe cuánto se le tiene que dar a cada productor?
R: Cada entidad de gestión debe tener fijado en su página web un reglamento con el sistema de reparto. Principalmente, si nos referimos al derecho de comunicación pública, que se gestiona frente al subsector Horeca y del hospedaje, es basándose en las emisiones de contenidos que se producen diariamente en los distintos canales de televisión, tanto nacionales como internacionales, que se emiten en el territorio nacional. Es decir, de todos los canales que diariamente se emiten, se hace una selección basándonos en los que tienen una audiencia más relevante y esos forman parte del reparto que efectúa la entidad de gestión periódicamente.
P: Entonces el hospedaje a partir de ahora tiene que pagar un fee diario por plaza ocupada, que es lo que se reparte entre los productores, además del 20% restante…
R: Efectivamente. A partir de ahora lo que se ha determinado es el importe. El derecho ya existía por normativa porque así lo reflejaba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. De hecho, como ya he mencionado anteriormente, ya eran varios los usuarios tanto del sector Horeca como del del hospedaje, que satisfacían estos o parecidos importes a la entidad de gestión, a EGEDA. Por lo tanto, el reparto se viene efectuando desde hace años.
Te recomendamos