La Audiencia Nacional ha anulado mediante sentencia judicial la constitución de la mesa negociadora del I Convenio Colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) de Ryanair, así como todos los acuerdos adoptados por la misma.

La sentencia supone, en la práctica, la anulación sel contenido del I Convenio Colectivo de TCP de Ryanair. Según han explicado desde Unión Sindical Obrera (USO), dicho convenio se empezó a aplicar sin registrarse en la Dirección General de Trabajo. Ahora, con esta sentencia “se comenzará a cumplir con la legalidad” al negociar un convenio franja, es decir, que incluya a un colectivo de la empresa.

El sindicato presentó una demanda colectiva para impugnar la mesa de negociación del convenio para los tripulantes de cabina, alegando que se debía negociar un convenio franja y no un convenio de empresa, ya que el único colectivo en Ryanair sin convenio eran los TCP. Y es que la negociación de un convenio franja supone la composición de la mesa negociadora a través de las secciones sindicales requiere la designación a través de asambleas de trabajadores, que no se celebraron en este caso.

“Seguiremos trabajando para, como dice la sentencia, hacer las asambleas de TCP en las que las personas trabajadoras puedan votar y, ahora sí, se refleje la voluntad del colectivo para negociar un convenio al menos legal, tanto en la forma, como en el contenido”, han declarado desde USO-Sector Aéreo tras conocer la sentencia.