El Consejo de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente ha acordado elevar al próximo Pleno del Ayuntamiento de Sevilla la aprobación provisional de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana para cambiar la calificación de las viviendas con fines turísticos.
Éstas dejarían de ser consideradas como uso residencial y pasarían a ser servicio terciario de hospedaje, como el resto de alojamientos. Esto se traduciría en que, en la práctica, las viviendas vacacionales se asemejan a hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos y, por tanto, tendrán que cumplir las mismas exigencias para su implantación en la ciudad y ubicaciones autorizadas dentro de un edificio residencial.
Se trata de avanzar hacia un turismo más sostenible y propiciar la convivencia entre los turistas y residentes"
Una vez esta regulación entre en vigor tras su aprobación definitiva, no tendrá efectos retroactivos, de modo que las nuevas condiciones que se aprueben no afectarán a la oferta actual de viviendas que ya funcionan como alojamientos turísticos.
“Se trata, por un lado, de evitar los efectos negativos de la expansión de las viviendas con fines turísticos, como el aumento del alquiler turístico en detrimento del residencial, que ha podido generar el desplazamiento de vecinos de ciertas zonas históricas. Por otro lado, de que los diferentes modos de alojamiento compitan en igualdad de condiciones y exigencias en cuanto a su implantación, frente a la carencia de regulación concreta que tenían hasta ahora las viviendas turísticas y, en consecuencia, la competencia desleal existente. Y, por último, avanzar hacia un turismo más sostenible y propiciar la convivencia entre los turistas y residentes, conforme al nuevo modelo turístico de la ciudad de Sevilla”, según ha argumentado el delegado de Hábitat Urbano y Cohesión Social, Juan Manuel Flores.
Sustituir el término “hotelero” por el de “hospedaje”
Según el texto de modificación del PGOU elaborado por Urbanismo la utilización de una vivienda con fines turísticos en Sevilla estará sujeta a las condiciones para usos terciarios establecidas en el PGOU. Como consecuencia de esta precisión, es necesario modificar distintos artículos de las Normas Urbanísticas para sustituir el término “hotelero” por el de “hospedaje”, por ser este un concepto más amplio que incluye todas las modalidades de alojamiento turístico reconocidas. Asimismo, se define el uso de “hospedaje”, que se equipara al “servicio de alojamiento turístico” definido en la legislación autonómica. En suma, se cambian todos los artículos en los que se hace referencia al uso hotelero, a fin de sustituirlo por el de hospedaje.
Esta modificación del PGOU ya fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de febrero de 2021 y, tras la exposición pública y la resolución de las alegaciones presentadas, obtuvo el informe favorable de la Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía.