El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso de la Asociación Exfumadores y ha anulado la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Barcelona que prohibía vapear en las playas de la ciudad.
Según recoge Metropoli, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que el Ayuntamiento se excedió en sus competencias al incluir los vapeadores en la normativa, que se amparaba en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.
El consistorio barcelonés defendió su ordenanza argumentando que sus competencias en materia medioambiental y salud pública respaldaban la prohibición, sin embargo, el tribunal ha concluido que estas no afectan a los vapeadores, ya que no existe un impacto ambiental directo asociado a estos dispositivos.