El Plan de Intervención de Ámbitos Turísticos (PIAT) de Mallorca, aprobado en 2020, es legal y debe aplicarse. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB), que ha dado la razón al Consell frente a la demanda interpuesta por Habtur Baleares. Con dicha normativa, la institución trata de regular el alquiler turístico en fincas rústicas.
Concretamente, tal y como recoge Diario de Mallorca, la normativa prohibía el alquiler vacacional en viviendas ubicadas en terrenos rústicos en localidades que no contaran con una red de alcantarillado, con el objetivo de preservar el medioambiente y no explotar excesivamente los recursos públicos. Tampoco se permitía esta actividad en inmuebles residenciales en suelo rústico protegido.
En la sentencia, el TSJB ha determinado que las medidas que viene imponiendo el Consell son “justificadas, no discriminatorias y proporcionales”. Al contrario de lo que opinan en Habtur, ya que consideran que la medida favorece a los operadores consolidados, es decir, los hoteleros.