Una sentencia de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) se ha mostrado a favor de lo establecido en el artículo 3 del convenio colectivo de Hostelería de Málaga, donde se especifica “que las actividades desarrolladas por camareras de pisos, personal de restaurante, cocina y recepción, cualquiera que sea la empresa para la que presten sus servicios, les serán de aplicación las condiciones previstas en el presente convenio colectivo”, según informa el diario ‘Sur’.

El sindicato de Servicios de CC.OO. de Málaga ha explicado que este fallo afecta a 550 trabajadoras de la provincia. Ante esta nueva situación, la central sindical ha alertado a la Inspección de Trabajo de 44 hoteles de la capital y la provincia, de los más de 500 operativos que tienen externalizado el servicio de camareras de piso y no les aplican el convenio de hostelería.

CC.OO. ha pedido a la Inspección de Trabajo que, “ante las denuncias planteadas en su día, se levante acta de infracción de normas laborales y de seguridad social contra estas empresas, se lleve a cabo una investigación sobre los hechos denunciados y, previa su comprobación e incoación de la correspondiente acta de infracción, se dicte resolución que, sancionando a la empresa, se obligue a ésta a ajustarse a derecho”.