Sentencia firme que deja satisfechos a los trabajadores de VTC en Baleares. El Tribunal Constitucional ha anulado la medida aprobada por el Govern por la cual se obligaba a los usuarios a reservar el servicio con media hora de antelación. El magistrado encargado ha considerado que se trata de una norma que atenta contra la libertad de empresa.
De acuerdo con la sentencia del Constitucional, la prohibición de contratar un VTC para un servicio inmediato vulnera el artículo 38 de la Constitución Española, que reza lo siguiente: “Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación”.
Asimismo, el Tribunal ha comparado las condiciones entre VTC y taxis, considerando que las normas aprobadas para el primer sector son discriminatorias, según la información de Diario de Mallorca.
Reacción en el Govern
Desde la conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad han asegurado que analizarán las sentencia del Tribunal Constitucional en profundidad cuando reciban el texto definitivo. No obstante, tal y como ha informado el portavoz del Govern, Antoni Costa, al Ejecutivo no le queda más remedio que acatar el fallo, ya que dicho fallo judicial no admite recurso alguno.