Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia ha condenado a Ryanair a indemnizar a un pasajero debido a que consideran el cargo de 40 euros por no llevar la tarjeta de embarque impresa “abusivo”.
Las condiciones de los vuelos y billetes de la ‘low cost’ suelen ser motivo de controversia tanto en los medios como en los juzgados y entre los que más quejas generan se encuentra la cláusula que obliga al pasajero a pagar 40 euros en caso de no llevar la tarjeta de embarque impresa cuando acude al aeropuerto.
Ahora el juzgado valenciano ha sentado un precedente al aceptar la petición del demandante por la que la aerolínea irlandesa deberá pagar una indemnización de 90 euros al pasajero. La sentencia refiere que "la cantidad impuesta por la falta de impresión es abusiva a todas luces pues es desproporcionada dado que no se prueba ni es razonable pensar que la cantidad que tiene que satisfacer cada viajero resulta equivalente a los gastos que esta prestación de servicios le cuesta a la compartía".
No obstante, el magistrado sí que reseña que la cláusula en sí no es abusiva, por lo que el dictamen sólo se refiere al precio impuesto considerando que la “penalización es excesiva".