Vueling tendrá que indemnizar a un pasajero mallorquín con 579 euros por ocasionarle daños morales, tras cancelar su vuelo sin previo aviso. El afectado tenía previsto viajar, en junio de 2017, para acudir a la operación oncológica de su hermano.

Lo novedoso de esta resolución, tal y como ha informado El Mundo, radica en la introducción del concepto daño moral. De hecho, el titular del juzgado estimó probado que el damnificado se había perdido la intervención quirúrgica de su familiar, como consecuencia de la cancelación del vuelo. En este sentido, determinó: “Se ha de tener en cuenta que la planificación de su viaje respondía a una cuestión de carácter médico”, por lo que resulta creíble “la concurrencia de daño moral ante estas circunstancias más allá de la simple molestia”.

Por ello, el juzgado condenó a la ‘low-cost’ a abonar una indemnización de 579 euros, de los cuales 250 corresponden a la cancelación del vuelo sin previo aviso, 10 a los gastos de comida, 119 al alquiler de un vehículo y 200 a los daños morales sufridos. Además, el juez estimó que contra esta resolución “no cabe interponer recurso de apelación”.

El vuelo del damnificado conectaba Palma (Mallorca) con Bilbao (Bizkaia), con una escala en Barcelona. Precisamente, fue en la ciudad condal donde supo de la cancelación del vuelo y llegó con ocho horas de retraso a su destino final. El afectado explicó en la demanda que la compañía, en aquel momento, se negó a indemnizarle, por lo que decidió interponerle una demanda.