El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid ha tumbado la orden de la Consejería de Sanidad —publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el miércoles 19 de agosto—, que recoge las nuevas restricciones para combatir el Covid. Entre ellas figura el cierre del ocio nocturno; el horario de cierre de los bares y restaurantes a la una de la madrugada, sin la posibilidad de atender a clientes a partir de las 00.00 horas; o la prohibición de fumar en la vía pública, cuando no se pueda cumplir la distancia social. Se trata de una batería de medidas que aprobaron el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas el viernes 14 de agosto, para frenar los contagios.
Según ha informado ABC, el magistrado Alfonso Villagómez Cebrián declaró "nula de pleno derecho" la orden de la Consejería de Sanidad madrileña, debido a que no se enmarca en un contexto de Estado de Alarma y a que se respalda en una orden, la del Ministerio de Sanidad, que no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La Consejería de Sanidad de Madrid ya ha dado parte de la situación al ministro de Sanidad, Salvador Illa. A su vez, los expertos de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid están estudiando el auto. A este respecto, el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, no escondió su asombro por la decisión del juzgado, ya que en "otras comunidades autónomas sí que se ha producido la ratificación de las medidas y van exactamente en el mismo sentido en que se pronuncia la Comunidad de Madrid, con lo cual es difícil de entender".
Precisamente, el fallo de este juzgado puede marcar precedente en otras comunidades autónomas, a la hora de implementar las medidas acordadas para frenar el avance del Covid. De hecho las 50 organizaciones territoriales que conforman Hostelería de España —organización que representa a restaurantes, bares, cafeterías y pubs— acordaron crear una comisión jurídica interterritorial para analizar la posibilidad de interponer recursos de oposición a estas restricciones en las 17 comunidades autónomas.