Piscinas en las azoteas de los hoteles de Las Palmas de G.C.

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha aprobado la nueva Ordenanza Municipal de Edificación que permite la instalación de piscinas, cubiertas vegetales y cafeterías en las azoteas de los hoteles y centros culturales. Entrará en vigor tras ser ratificada en el próximo pleno municipal, según ha recogido el diario regional La Provincia. 

Javier Doreste, concejal de Urbanismo, ha explicado que “la construcción de espacios como pequeños jardines, cafeterías y piscinas en las cubiertas transitables puede contribuir a recuperar la actividad de azoteas de edificios con muchas posibilidades como hoteles y centros culturales”. Asimismo, recalca que “es una buena noticia para el sector hotelero y para el turismo, y va en la línea de lo que ha sucedido en otras ciudades como Madrid, cuyo Círculo de Bellas Artes tiene un restaurante en su azotea”. 

Las cafeterías construidas en las cubiertas no podrán poner música y tendrán que cerrar a las once de la noche para garantizar el descanso de los vecinos. A su vez, la normativa prohíbe el cerramiento de terrazas a edificios con licencias posteriores al 26 de diciembre de 2000. Los que hayan sido construidos con posterioridad podrán cerrarlas siempre y cuando el 50% de la superficie sea acristalada. No podrán acogerse a esto los edificios que pertenecen al Plan Especial de Protección de Vegueta-Triana, Perojo, el casco histórico de Tafira y el paseo de Las Canteras. 

Por otra parte, sí se podrán instalar plantas tapizantes, para formar una alfombra vegetal, aunque deberán utilizarse sistemas adecuados para la protección del edificio y el mantenimiento de la vegetación. Las pérgolas y toldos que se instalen no podrán ocupar más del 10% de la azotea y situarse tres metros por detrás de la fachada. 

La nueva medida, tal y como apunta el político, también implica mejoras en la accesibilidad en los edificios como la instalación de ascensores o rampas, y la protección y conservación del arbolado y la vegetación en caso de que las obras puedan afectar al entorno.

En cuanto a la accesibilidad, la ordenanza recoge medidas para la instalación de rampas, ascensores y plataformas elevadoras cuando no sea posible otra opción, además de elementos para reducir la demanda energética anual de refrigeración o calefacción. 

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