El 29 de marzo de 2013, una montañera de Bilbao, Iratxe Urrutia de 39 años, murió en la Sierra de Gredos, en la provincia de Ávila, por agotamiento e hipotermia mientras realizaba una ruta invernal con sus compañeros del Bilbao Alpino Club.
La Guardia Civil imputó al organizador de la excursión por "denegación de auxilio y homicidio imprudente”. El incidente reabrió el debate sobre quién es el que tiene la responsabilidad civil o penal cuando ocurre un suceso de este tipo durante una actividad.
Según la abogada Elisabeth Carrasco, “en los accidentes a causa de la práctica de actividades al aire libre tales como senderismo y montaña, pueden ser responsables a efectos legales los guías (sean o no profesionales), monitores, profesionales u organizadores”.
Aunque no existe una regulación legal con respecto a las actividades de senderismo y montaña, la letrada comparte que de varias sentencias analizadas se puede extraer que: “En un grupo de amigos que practican senderismo u otra actividad de montaña, quien asuma la función de líder o guía es responsable si ocurriera un accidente” o que “el monitor o guía no puede ser exonerado de responsabilidad por su falta de profesionalidad o porque sus servicios no estén remunerados”.
Aún así, también apunta que “el monitor o guía no es responsable por la desobediencia del grupo, salvo cuando se trate de menores”, aunque si “evalúa incorrectamente los riesgos es responsable por actuar negligentemente".
Por otra parte, la omisión de deber de socorro sí está regulada en el artículo 195 del Código Penal. Por ello, toda persona está obligada a socorrer a alguien en peligro siempre y cuando esto no suponga un riesgo para terceros. En el caso de no poder socorrer, también se está en la obligación de solicitar auxilio.
Para evitar riesgos innecesarios, cualquier persona, monitor o entidad debe tomar precauciones para disminuir su responsabilidad en caso de accidente. Para ello, una de las opciones es contar con un Seguro de Accidentes o un Seguro de Responsabilidad Civil.